DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para entrar a conocer y decidir el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por el abogado FRANKLIN JESUS FURGIUELE LISCANO, actuando en sus condición de co-apoderado judicial de la parte recurrente en la presente causa, MOLINOS NACIONALES C.A. (MONACA.), contra el acto administrativo relativo a la Certificación signada con el Nro.- 406/12, de fecha 05/10/2012, emanada del INSTITUTO DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE PORTUGUESA Y COJEDES (DIRESAT), mediante la cual el médico ocupacional certificó que el ciudadano LEONARDO ANTONIO PEREZ CORDERO, titular de la cédula de identidad Nro.- V-10.136.101, padece de HIPOACUSIA .....