Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara; CON LUGAR LA DEMANDA de REVISIÓN DE OBLIGACION DE MANUTENCION interpuesta por la ciudadana ANA ISABEL DE LOS SANTOS PRINCIPAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.731.775, en representación de sus hijos el adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley y la niña Identificación Omitida por Disposición de la Ley, en contra del ciudadano JOSE SERVIDIO MARQUEZ ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.831.027. En consecuencia el demandado cancelará la cantidad de UN MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 1.000,00) , y DOS MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (B.2.200,00) en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año, los cual.....