DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda otorgar el lapso de Un (01) año y seis (06) meses, al Ministerio Público para que concluya la investigación iniciada en contra de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, antes identificados y en consecuencia presente su respectivo acto conclusivo, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 561 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el artículo 295 del Código Orgánico Procesal Penal. Dictada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 01, del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Extensión Acarigua, en Acarigua, veintiséis (26) de Septiembre del Año Dos Mil Dieciséis. .....