Ahora bien, visto el oficio emanado por este mismo Tribunal, mediante el cual informar que ante el referido Tribunal cursa un asunto signado con el Nº PP01-V-2018-000046, con motivo de adopción, donde se acordó mediante sentencia de fecha 19/06/2018, una MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR CON MIRAS A LA ADOPCION, en beneficio de la adolescente IDENTIFICACIÓN OMITIDA POR DISPOSICIÓN DE LA LOPNNA EN SU ARTICULO 65 de quince (15) años de edad, que permanecerá ininterrumpidamente como lo ha hecho hasta ahora con los ciudadanos JOSE BERNARDO HERNANDEZ MEDINA y DOMINGA DEL CARMEN BRICEÑO DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-10.724.355 y V-10.729.633, respectivamente, procediendo este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en aras de garantizar el interés superior del Niño, Niñ.....