En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede Guanare, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECLARA:
Primero: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 04 de junio de 2018, por la ciudadana por la ciudadana YELISSA COROMOTO LUCENA SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.865.607, asistida por el Abogado en ejercicio Francisco José Betancourt Pinto, inscrito en el IPSA bajo el Nº 37.053, actuando como demandada en el asunto principal signado con el N° PH06-X-2018-000023, con motivo de OPOSICIÓN A LA MEDIDA PREVENTIVA EN JUICIO DE INTERDICTO RESTITUTORIO DE DESPOJO, actuando como recurrente ante esta Alzada, en contra de la Sentencia Definitiva pronunciada oralmente en fecha 31 de mayo de 2018 y publicada mediante la reproducci.....