D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de divorcio propuesta por el ciudadano ELEIRO ALBARRACIN DURAN contra la ciudadana ELIANA CECILIA FREITEZ GONZÁLEZ, ambos identificados en autos, fundamentada en la Causal Segunda del Artículo número 185 del Código Civil y conforme al Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante la Prefectura del Municipio Guanare, estado Portuguesa, en fecha en fecha 15 de febrero del año 1997, tal como consta en el Acta Nº 39.
En consecuencia la Patria Potestad y Responsabilidad de Crianza del adolescente Identificación Omitida por Disposición de la Ley , será ejercida por ambos progenitore.....