DECISIÓN
1.-ADMITE la oposición formulada por la representación Judicial de la Asociación Civil Respetable Logia Sol de Curpa N° 112, respecto a las medidas cautelares decretadas: Prohibición de Enajenar y Gravar sobre los bienes inmuebles propiedad de la Asociación Civil Respetable Logia Sol de Curpa N° 112, constituido por los Locales 13, 14, 15 y 16 ubicados en el Primer Piso que forman parte del Centro Comercial Sol de Curpa; así como el Local 17 que se encuentra ubicado en toda la 2da planta donde se encuentra la Sede de la Asociación Civil, su salón de conferencias y el local que se encuentra en la azotea del edifico; así como la PROHIBICION a la demandada, Asociación Civil Respetable Logia Sol de Curpa Nº 112, de registrar alguna acta de asamblea, decretando como medida complementaria para su efectivo cumplimiento, oficiar al registro correspondiente a fin de que se abstenga de registrar algún acta de la antes mencionada sociedad civil. se abstenga de dar curso o tramit.....