Por las razones y consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la causa iniciada por demanda de cobro de bolívares mediante la vía ejecutiva, intentada por "ASOCIACIÓN CIVIL SANTA SOFÍA COUNTRY CLUB PRIMERA ETAPA" ya identificada, contra JOSÉ LUIS MONTAÑEZ PÉREZ también identificado, declara SIN LUGAR la apelación, interpuesta por la demandante y SE CONFIRMA en todas sus partes el auto de fecha 24 de septiembre de 2009 del Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, que negó la admisión de la demanda.