Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de divorcio propuesta por el ciudadano RICHARD DE JESUS ESCALONA ORELLANA, contra la ciudadana MARLENE DEL CARMEN ALVAREZ TORREALBA, ambos identificados en autos, fundamentada en la causal segunda del Artículo número 185 del Código Civil. En consecuencia, conforme al Artículo 184 ejusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante el Registro Civil del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del estado Portuguesa, en fecha 19 de febrero de 2005, tal como consta en el Acta Nº 16.
La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza del niño ....................., será ejercida por el padre y la madre; y la Custodia la tend.....