En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia transitoria en Protección del Niño, Niña y Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la oposición formulada por el ciudadano MARCELO ANTONIO SULBARAN PEÑA, y en consecuencia, Sobreseído el Procedimiento, en el presente asunto de jurisdicción graciosa con motivo de la solicitud de título de supletorio, incoada por los ciudadanos: MERCEDES PEÑA DE SULBARAN, EUSTOQUIO BENITO SULBARAN PEÑA, DARIELA RAMONA SULBARAN DE GARCIA, CARMEN TERESA SULBARAN PEÑA, EDUVIGES COROMOTO SULBARAN PEÑA Y CLEOFE RAMONA SULBARAN PEÑA, ambos identificados.
Se declara parcialmente con lugar la apelación de la parte solicitante y queda confirmada pero modificada en los términos expuestos la sentencia definitiva, proferida en fecha 28-10-2010 po.....