Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2 adscrito a este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Se declara SIN LUGAR la solicitud formulada por los ciudadanos GRICELDA DE LA COROMOTO PIÑA VALERO, JOSÉ MIGUEL PIÑA, DILGRIS CAROLINA PIÑA GUÉDEZ y YADIALI KARIMAR ARROYO RIEGO en el sentido de que se les descuente del régimen de prueba correspondiente a la medida de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, el tiempo que estuvieron preventivamente detenidos en la Comandancia General de la Policía del Estado Portuguesa.
Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Notifíquese a las partes. Háganse las demás participaciones del caso.