DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos YORVI JOSE COLMENAREZ VEGASM y ELIANDRI MAIRELIS MORENO ARGUELLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 24.507.408 y V-26.882.766, respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 02 de Agosto de 2013, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia La Estación del Municipio Ospino del Estado Portuguesa. Según acta N° 35 ASI SE DECIDE.
Expídase a las partes copia certificada de la presente sentencia. Ofíciese a Registro Civil Principal del Estado Portuguesa, de la presente Sentencia, una vez quede firme la misma, anexándoles copias certificadas .....