En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve Declinar la competencia para conocer del presente juicio de solicitud de expropiación, seguido por el MUNICIPIO GUANARE DEL ESTADO PORTUGUESA, contra el ciudadano CIRILO FERMIN URRIOLA TORO, en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase las actuaciones pertinentes al Alto Tribunal de la República, declarado competente.