Por las razones que anteceden este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor de los Adolescentes Imputados IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, plenamente identificados en autos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia ordena el cese de las obligaciones impuestas a los adolescentes prenombrados. Ofíciese lo conducente al Equipo Técnico Multidisciplinario de la decisión dictada por el Tribunal.
SEGUNDO: Se fija nueva oportunidad para celebración de audiencia de verificación de condiciones con respecto a los adolescentes imputados IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, para el día 15-04-14 a 9:00am, acordándose librar.....