Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 2del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA al Ciudadano: ERINZON MANUEL CORREIRA COLMENAREZ, plenamente identificado en esta decisión, a cumplir la pena de UN (1) AÑO y SEIS (6) MESES de prisión más las penas accesorias propias de la pena de prisión, establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por encontrarlo culpable y penalmente responsable de la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTE DE HURTO O ROBO, pena que se le impone de conformidad a lo previsto en el artículo 9 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo automotor, en concordancia con el artículo 37 del Código Penal, ambos en relación con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, vigente, pena que habrá de expirar aproximadamente el día 27 de Abril de 2011 por cuanto la pen.....