DISPOSITIVA
Por las razones de hechos y de derecho antes expuestas es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio Nº 1 en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara Con lugar el decaimiento de la Medida Judicial Preventiva de Libertad impuesta al acusado Carlos Eduardo González Montilla y en consecuencia le impone la medida de Detención domiciliaría conforme a lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, en el barrio Los Guasimitos Sector el Canal vía el Coliseo Carl Herrera frente a la vía Guanarito, bajo la responsabilidad de la ciudadana madre María Montilla. Ordenándose librar notificaciones a las partes presente decisión y a la victima, así como ordenar el traslado del acusado y oficiar lo conducente.
La Jueza de Juicio Nº1
Abg. Elker Torres Caldera
La Secretaria,
Abg. Aidee Colmenares