Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo de conformidad con el artículo 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta:
PRIMERO: Se decreta Medida Autónoma de Protección a la Actividad Agroalimentaria Ambiental y Pecuaria así como la Protección y Resguardo de las Instalaciones, bienes muebles y bienhechurías que se desarrollan en un lote de terreno de aproximadamente Doscientas Hectáreas (200 Has), por un lapso de dieciocho (18) meses, de acuerdo a la actividad agraria y pecuaria y al ciclo biológico que se desarrolla en el predio ubicado en el sector La Maga, vía Guayabal, frente a la parcela del señor Rivas, en el municipio Papelón del estado Portuguesa, alinderado de la.....