DISPOSITIVA:
Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.713 y 1.714 del Código Civil, y los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le Imparte HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN realizada por el ciudadano: WILLIAM RICARDO AGUILAR FAJARDO, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el Profesional del Derecho ciudadano: JOSÉ ADRIÁN VÁSQUEZ RIERA, y la Profesional del Derecho ciudadana: DELIVETT ZUJEIDY QUEVEDO VÁSQUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada; todos plenamente identificados supra, en los términos y condiciones señalados en el escrito de transacción de fecha 22-05-2025, cursante en los folios 63 al 66 del presente expediente.
Se ACUERDA expedir c.....