DESICION
Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en fuerza de los anteriores razonamientos DECLINA la competencia en razón de la cuantía para conocer de la presente causa y declara que es el Juzgado de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare , Estado Portuguesa, a quien corresponda .-
En consecuencia, remítase este expediente al Juzgado (Distribuidor), a los fines legales pertinentes, todo a tenor de lo dispuesto en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Art. 150 del Decreto con Fuerza de Ley de Transito y Transporte Terrestre.
Publíquese, regístrese, déjese copias fotostáticas certificadas para el archivo del Tribunal y hágans.....