-IX-
DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Acarigua, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 31 de enero de 2022, por el abogado Carlos Cedeño Azocar, en su condición de apoderado judicial de los demandantes contra la sentencia dictada en fecha 24 de enero de 2022, por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, mediante la cual declaró "sin lugar por improcedente e inadmisible la presente demanda".
SEGUNDO: Se ANULA el fallo objeto de apelación.
TERCERO: CON LUGAR la demanda de reivindicación incoada; en consecuencia, se ordena a la parte demandada ciudadanos MARIO GIOVANNI MARIANI DE ANGELES Y YAIROBY.....