VIII
DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión incoada por la ciudadana DAMARIS MARGERY HERNANDEZ RAMIREZ en contra de la ciudadana GLADYS ALEIDA PARRA. Plenamente identificada en autos, por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA VENTA. Así se decide.-
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a hacerle entrega a la parte actora en un plazo perentorio de quince(15) días continuos para la protocolización del documento definitivo los siguientes recaudos:
a) Solvencia Municipal
b) Cedula catastral
c) Planilla forma 33 o Registro de vivienda principal
d) Solvencia de agua y electricidad
e) Estado de cuenta emitido por el Banco a favor del cual pesa la hipoteca firmado y sellado.
Copia de todo.....