DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano: ALEXIS JAVIER NOGUERA RIVERO, venezolano, portador de la Cedula de Identidad Numero 17.601.123, de 26 años de edad, nacido en fecha 15-12-1985 y residenciado Altos de Camoruco, Lote 2, casa No. 9, Acarigua, estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CON ERROR DE GOLPE EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 405, en relación con los Artículos 68 y 84 numeral 3 del Código Penal respectivamente, cometido en perjuicio de YOHANDI UBARDO ARANGUREN HERNANDEZ, a la pena de: CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1. La inhabilitación política durante el.....