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Decisiones del dia 27/09/2004

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo del Municipio Guanare
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 1.671-02 N° Sentencia : Fecha: 27/09/2004
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
ANTONIO COROMOTO CASTILLO CRESPO VS. SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD (SIS) C.A.
Resumen:
DECISIÓN Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por Cobro de Prestaciones Sociales, intentada por el ciudadano ANTONIO COROMOTO CASTILLO CRESPO, contra la EMPRESA MERCANTIL SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD (SIS) C.A., antes identificados; en consecuencia deberá la demandada cancelar al demandante la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS VEITICINCO MIL TRSCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES Bs. 2.725.373,00; más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo expuesta con anterioridad, tomando en cuenta los índices de precios al consumidor emanados del Banco Central de Venezuela. No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.
Juez/Ponente:
María de Los Angeles Parejo
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Guanare
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N° Expediente : 1.678-03 N° Sentencia : Fecha: 27/09/2004
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
RAMON ALEXIS OROPEZA BETANCOURT VS. EMPRESA MERCANTIL SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD (SIS) C.A.
Resumen:
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por Cobro de Prestaciones Sociales, intentada por el ciudadano RAMON ALEXIS OROPEZA BETANCOURT, contra la EMPRESA MERCANTIL SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD (SIS) C.A., antes identificados; en consecuencia deberá la demandada cancelar al demandante la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS VEITICINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES BOLIVARES Bs. 2.725.373,00; más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo expuesta con anterioridad, tomando en cuenta los índices de precios al consumidor emanados del Banco Central de Venezuela. No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.
Juez/Ponente:
María de Los Angeles Parejo
Organo:
Juzgado Segundo del Municipio Guanare
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