En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la pretensión de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano GREGORIO RAMON JIMENEZ, contra las ciudadanas MARY CARPIO y LOURDES ARGUELLO, en su carácter de Directora General y Consultora Jurídica, respectivamente, del INSTITUTO REGIONAL DE DEPORTES DEL ESTADO PORTUGUESA (INDEPORT), ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación interpuesta por la parte recurrente, quedando confirmada en los términos expuestos, la sentencia de fecha 18-07-2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este mismo Circuito Judicial.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fa.....