En razón de todo lo expuesto y de la norma legal invocada, hacen que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER LA LIBERTAD CONDICIONAL del penado Guedez Ordóñez Luís Tomas, titular de la cédula de Identidad N° 12.264.930, por MEDIDA HUMANITARIA, por el lapso de seis (06) meses, en consecuencia debiendo consignar mensualmente constancia médica que acredite su estado de salud a los fines de Ley.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y regístrese.
La Juez de Ejecución Nº 1,
Abg. Ana Isabel Gavidia C.
La Secretaria,
Abg. Francine Montiel Look.
Seguidamente se cumplió lo ordenado. Conste;
Stria.
1E-700-
Hora de Emisión 11:54 a.m
Asistente Judicial T.S.U Lisbeth Briceño