DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que motivo este Juicio. En consecuencia, se fija como Obligación Alimentaria al ciudadano IBERT JOSÉ RAMOS CARMONA a favor de su hijo: XX, en la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (BS.30.000,oo) mensuales, mas el cincuenta por ciento (50%) de los gastos médicos cuando fuere necesario, así como también lo relativo a gastos de uniformes y útiles escolares y estrenos en el mes de Diciembre .
Dicha Obligación Alimentaria deberá ser depositada en cuenta de ahorro ya aperturada por el banco provincial de esta localidad a nombre de los referido adolescente.
Regístrese, Publíquese y déjese copia.-
Dado, Sellado, Firmado y Refrendado en la Sala del Juzgado Del Municipio.....