Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada REINALBIS MONTERO en su carácter de apoderada judicial de las partes demandadas CONSTRUCTORA PLANCO C.A. y CONSTRUCCIONES Y VIALIDADES COVIALCA C.A. contra la decisión de fecha 19 de julio del año 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Acarigua.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha 19 de julio del año 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Acarigua, por las razones expuestas en la motiva.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a las p.....