DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio, de la Sección Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, previa conversión del presente asunto a Tribunal Unipersonal por la voluntad del acusado en admitir los hechos, decretó:
Primero: Condena al adolescente (Se omite conforme al parágrafo segundo artículo 65 y 545 LOPNNA), a cumplir la sanción de Privación de Libertad, prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de un (01) año y seis (6) meses, con ocasión de la rebaja de la mitad del tiempo de la sanción que peticionare el Ministerio Público en la audiencia oral celebrada, que era de tres años, por la comisión de los delitos de Robo Agravado en .....