La Juez en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente ACUERDO y le da el carácter de cosa juzgada; advirtiéndole a las partes que en caso de no haber Despacho en la fecha pautada para realizar el pago correspondiente, éste será realizado en el día hábil de Despacho siguiente. Asimismo, se acordó la expedición de copias certificadas solicitadas por las partes y se ordenó la devolución de las pruebas consignadas por las partes al Inicio de la Audiencia Preliminar. Finalmente, el actor, ciudadano Ause Antonio Pérez, manifestó no saber firmar, motivo el cual estampará las huellas dactilares y pide que firme a su ruego la presente acta la ciudadana Noris Claret Tahán Ortega, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.956.261.