Por los motivos expuestos, este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictamina:
Primero: Declara el sobreseimiento de la causa seguida contra el ciudadano Mejías Bolívar José Werner, venezolano, natural de San Fernando de Apure, soltero, chofer, titular de la cedula de identidad Nº 8.168.702, residenciado en el Barrio 05 de Julio , calle Villa Zaida, Nº 85 San Joaquín Estado Carabobo, por el delito de Robo Agravado en grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Irbel Rafael Angulo Solórzano, venezolano, natural de tejerías, Estado Aragua, nacido en fecha 19-10-55, titular de la cedula de identidad Nº 5.451.389, y residenciado en la calle 19 de Abril casa Nº 44-1, centro de tejería Estado Aragua, todo de conformidad con lo establecido en el artícu.....