Por todos los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Turèn y Santa Rosalía de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decide:
PRIMERO: Declara con Lugar la solicitud de Aumento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana VICMARY DEL CARMEN JIMENEZ SUAREZ, en Representación de la Niña contra el ciudadano JUAN JOSÉ RONDON HEREDIA, deberá aportar para contribuir al incremento de la Obligación de manutención mensual solicitada en la cantidad de UN MIL Bolívares (Bs. 1.000,00) mensuales, la cual será descontado por nomina, pagados dentro de los cinco días de cada mes. Se ordena al ente empleador descontar en forma mensual la cantidad referida por Aumento de Obligación de Manutención al ciudadano JUAN JOSÉ RONDON HEREDIA y seguir depositando en la cuenta de ahorro aperturada a nombre de la niña representada por su madre. Líbrese lo.....