En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: “Embargados Preventivamente los bienes señalados y avaluados en este acto los coloca a disposición de la Depositaria Judicial Portuguesa C.A., representada legalmente por la ciudadana Restituta del Carmen Mena, quien estando presente expone:” Recibo conforme los bines antes señalados y avaluados y así mismo solicito copia certificada de la presente actuación, es todo”. En este acto el ciudadano Pacheco Felipe Alberto debidamente asistidopor la abogado Utriz Mixgladis solicita el derecho de palabra y expone:”Por cuanto llegar a un convenio con el demandante en el Tribunal de la causa solicito se me deje en guarda y custodia los bienes aquí embargados por un laps.....