DISPOSITIVA.
Con fundamento en las anteriores consideraciones este Tribunal en funciones de Juicio Nº 02, del Primer Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ABSUELTO al ciudadano Adelis Coromoto Sánchez Godoy, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.870.197, de 25 años de edad, con domicilio en el Barrio Santa María, calle 5 de junio, casa sin número, de esta ciudad, por la comisión del delito de ocultamiento de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, delito imputado por el representante de la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico Abg.Luisa Ismelda Figueroa.
Publíquese el texto íntegro de esta sentencia y entréguese copias a las partes que l.....