Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos JOSE LUIS MENDOZA SANCHEZ y CAROLINA DEL CARMEN PAREDES PEROZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 14.865.876 y 13.605.996, respectivamente, por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA del ciudadano JOSE LUIS MENDOZA SANCHEZ, en beneficio de sus hijos ..., la cual ha sido fijada en la cantidad de Ciento cincuenta Mil Bolívares (Bs. 150.000,00), mensuales, además el padre cancelará el 50% de los gastos de uniformes, útiles escolares, juguetes, vestuarios, calzados, honorarios médicos y medicinas que requieran sus hijos; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Las cantidades de dinero serán depositadas por el ciudadano JOSE LUIS MEN.....