En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la inhibición formulada por la Abogada MARIA ELENA BRICEÑO BAYONA, Jueza del Tribunal Primero del Municipio Guanare de este Primer Circuito Judicial.
Publíquese, regístrese y las actuaciones pertinentes al Tribunal de la causa y al Juzgado Segundo del Municipio Guanare de este Primer Circuito Judicial.