IV
DISPOSITIVA.
Finalmente, este Juzgado 1ero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara:
ÚNICO: DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DEL RECURSO DE NULIDAD intentado por la empresa CVA AZUCAR S.A., por medio del cual solicitó que se declarada la Nulidad de la Providencia Administrativa número N° 102-2019 de fecha 07/06/2019 dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO SEDE ACARIGUA ESTADO PORTUGUESA en el expediente administrativo número N° 001-2019-01-00033 que declaro Con Lugar, el reenganche y pago de salarios caídos del ciudadano VICTOR JOSE FELIX BORGUES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número N° V-16.565.693
La Juez Titular, La secretaria,
ABG. LISBEYS ROJAS MOLINA ABG. WENDY GIL.