DIAPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185, propuesta por el ciudadano: ITIEL NICOLAS REYES LINAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.727.372, con citación de su cónyuge la ciudadana: YOSELIN ADELINA ORTEGA LANSOSA, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-24.021.948, de conformidad con lo establecido en el Articulo185 del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa del Articulo 184 del Código Civil Vigente, queda DISUELTO, el vinculo conyugal contraídos por los ciudadanos: ITIEL NICOLAS REYES LINAREZ y YOSELIN ADELINA ORTEGA LANSOSA, en fecha 30 de octubre del año 2009, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Guana.....