En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 21 de noviembre de 2005, por el abogado MARLON GAVIRONDA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio en Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 27 de julio de 2005.
En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta y se ordena a la empresa demandada el pago de Bs. 14.536.665,00 al actor por los conceptos y montos establecidos en la parte motiva del fallo y que se dan aquí por reproducidos de conformidad con el principio de unidad de la sentencia.
Asimismo, se ordena la indexación sobre la suma total condenad.....