DECISION
Por todas las razones de hecho y de derecho este Juzgado de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la
Ley Declara con Lugar, la demanda que por Fijación de Obligación Alimentaría interpuso la ciudadana: VIRGINIA ZORAIDA SAABEDRA AGUERO, titular de la cédula de identidad N° V-12.266.018, en representación de sus hijos: BASSIL ELIGIO TORRES PARRA, de catorce (14) años de edad y VIVIAN VIRKELIS TORRES SAABEDRA de once (11) años de edad, en contra del ciudadano: BASSIL ELIGIO TORRES PARRA, titular de la cédula de identidad N° V-10.635.710, plenamente identificado en autos, En consecuencia se fija el monto de la Obligación Alimentaría que el ciudadano BASSIL ELIGIO TORRES PARRA, debe suministrarles a sus hijos, BASSIL ELIGIO TORRES SAABEDRA, de catorce (14) años de edad y VIVIAN VIRKELIS TORR.....