DECISIÓN
Este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por los apoderados Judiciales de una de las co demandadas, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua, en fecha 28 de marzo de 2006. En consecuencia, SE CONFIRMA dicho auto, que niega el recurso de apelación.
No hay condenatoria al pago de las costas procesales del recurso en razón a la naturaleza de lo decidido.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Superior Primero de la Circunscripción Judicial de Estado Portuguesa, en la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil seis. Años: 196º de la I.....