El Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: ACUERDA REVOCAR LA MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACION al Joven IDENTIDAD OMITIDA Martínez, y se le impone la medida privativa de libertad, conforme a lo establecido en el articulo 581 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto existe un hecho punible que según la acusación Fiscal amerita privación de Libertad de conformidad con el Artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, fundados elementos de convicción para estimar que el joven pudiera ser autor o participe del hecho tomando en consideración que en fecha 26.10.05 fue declarada con lugar la flagrancia y una presunción razonable que el joven evadirá el proceso por cuanto el mismo ha permanecido evadido hasta la presente fecha. Se verificó que en el presente asunto estaba pendiente la realización del .....