Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 2 Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda extender el plazo para que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, reciba dos Orientaciones Psicológicas, por consiguiente se acuerda solicitar al Equipo Multidisciplinario de la LOPNA, departamento de psicología a los fines de que se le paute dos citaciones al adolescente, y se cumpla con lo acordado.. Notifíquese a la víctima de la presente decisión.
En la ciudad de Guanare, a los veintiocho días del mes de Abril del año dos mil Ocho
La Jueza de Control N° 2,
Abg. Zoraida Graterol de Urbina
La Secretaria,
Abg. Thairy Prieto Zambrano