DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que La Ley Le Confiere: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia; SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD al imputado José Edilio Pérez La Cruz, venezolano, de 43 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.257.169, soltero, comerciante, natural de las Cruces, Estado Portuguesa; fecha de nacimiento 17/10/1967 y residenciado en Barrio 12 de Octubre, última calle, casa sin número de la ciudad de Guanare del Estado Portuguesa; conforme a los dispuesto en los artículos 92.8 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en relación con el a.....