DECISION
Con base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD PLENA a los ciudadanos JOSE CRISTOBAL ALVARADO, portador de la cédula de identidad N°14.677.762 y WILFREDO RAMON LEAL MATEHUS, titular de la cédula de identidad N°18.928.75, por considerarse que las armas de fabricación casera no son consideradas como de prohibido porte en la Ley de Armas y Explosivos y su Reglamento, por lo tanto no existe hecho punible que investigar.
Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía respectiva en su oportunidad, a los fines de ley y líbrese oficio de libertad del mencionado ciudadano.
Abg. Omar Fleitas Flores.
Juez de Control N° 3
El Secretario
.....