DISPOSITIVA
Por los fundamentos expresados éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Califica que la aprehensión de ciudadano Alix Xiomara Fuentes Ortega , supra identificada, de la que ha sido objeto, se realiza bajo las circunstancia previstas en la ley para calificar la flagrancia, al cumplirse uno de los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y así lo decreta.
Segundo: Califica provisionalmente el hecho delictivo imputado al ciudadano ya identificado, como el delito de Detentación de cartuchos o municiones aptas para arma de fuego tipo revolver, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y explosivos.
Tercero: Se impone a la ciudadana Alix Xiomara Fuentes Ortega,.....