´Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por el ciudadano, SAMIR HERIBERTO CAPDEVILLA SILVA en contra de la ciudadana: KATY YADIRA BALLON DE CAPDEVILLA, ambos identificados en autos, en consecuencia, conforme al artículo 184 Eiusdem, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído en fecha 27 de Octubre 2008, ante el Registro Civil Registro Civil de la Parroquia Uvera del Municipio Esteller del Estado Portuguesa, según consta en Acta de Matrimonio Nº 17.
Publíquese, regístrese y déjese copias certificadas.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez .....