DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda:
Primero: Impone al adolescente (SE OMITE POR RAZONES DE LEY), ampliamente identificado en la presente decisión, de la medida de Reglas de Conducta, consistente en: la prohibición de incurrir en la comisión de un nuevo delito y la prohibición de acercarse a la victima y a su entorno familiar medidas prevista en los artículos 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, medidas sancionadoras éstas que deberán ser cumplidas por los adolescentes, por el lapso de veintinueve (29) días la fecha probable del cese es el 27-7-2013. Así se decide.
Quedaron .....