DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de acción Mero Declarativa de Concubinato interpuesta por la ciudadana HAIDEE DEL CARMEN MEDINA OLIVERA, por haberse demostrado esta relación concubinaria con el demandado, ciudadano RAFAEL EDUARDO PERAZA GUERRERO, desde la fecha desde el 19 de marzo de 1995 hasta el 5 de septiembre de 2014.
SEGUNDO: La ciudadana HAIDEE DEL CARMEN MEDINA OLIVERA, es acreedora de todos los derechos inherentes al matrimonio, específicamente le corresponde el cincuenta por ciento (50%) de las gananciales concubinarias, fomentadas en el lapso comprendido desde la fecha 19 de marzo de 1995 hasta el 05 de septiembre de 2014, todo de conform.....