Ahora bien revisada como ha sido la presente querella, se observa que los hechos se circunscriben a un procedimiento de calificación de despido, en el cual se consignó un documento privado donde aparece aparentemente la firma del aquí querellante, donde renuncia a la relación laboral con la Empresa La Casa del Radiador S.R.L, lo cual hacía ilógica la pretensión de prestaciones, aunado a ello consta también en el referido escrito los datos de identificación, del querellado, su domicilio; subsanado así, los delitos que se les imputa, en este caso los delitos de falsa atestación ante funcionario público, falsificación de documento o instrumento privado y falsedad para procurarse la prueba de hechos verdaderos, previstos y sancionados en los artículo 321, 322 y 324 del Código Penal anterior y actuales 320,321 y 323 del Código Penal reformado y que están en conocimiento del asunto posterior al día 13 de octubre de 2004 cuando formalmente el querellante formuló el cobro de prest.....