D E C I S I Ó N
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADO incoada por el abogado ROBERTO CARBONE en contra del ciudadano GIANPIER MENIN, antes identificados.
SEGUNDO: Publíquese, déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad a lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sede donde despacha este Juzgado de los Municipios Turen y Santa Rosalía del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.
En Turen, Villa Bruzual, a los Veintiocho (28) días del mes de Julio del año Dos Mil Once (2011).
La Jueza Suplente Especial,
Abog. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANTO.
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